27/05/2020
El polarizado de vidrios en los vehículos es una práctica común que busca ofrecer privacidad, reducir el calor interior y proteger de los rayos UV. Sin embargo, no es una cuestión de libre elección, ya que está sujeta a regulaciones específicas diseñadas para garantizar la seguridad vial y la visibilidad tanto del conductor como del exterior hacia el interior del vehículo. Conocer estas normativas es fundamental para cumplir la ley, evitar sanciones y, lo más importante, mantener una conducción segura.
https://www.youtube.com/watch?v=0gcJCdgAo7VqN5tD
Las regulaciones sobre el uso de vidrios polarizados varían significativamente entre países e incluso entre diferentes ciudades o estados dentro de una misma nación. Estas normas suelen establecer límites sobre el grado de oscuridad permitido, los tipos de láminas que se pueden utilizar y, crucialmente, qué vidrios del vehículo están restringidos o completamente prohibidos de polarizar. A continuación, exploraremos las directrices en algunas regiones, basándonos en la información proporcionada, para entender qué vidrios de tu auto no deberían estar polarizados.
La Normativa Chilena sobre Vidrios Polarizados
En Chile, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones implementó una nueva normativa para regular el uso de vidrios polarizados en vehículos livianos y medianos. Esta regulación, que comenzó a regir plenamente en agosto de 2022, se centra en asegurar que los vidrios mantengan un alto nivel de transparencia para no distorsionar la visión ni confundir los colores de las señales de tránsito y semáforos.
El punto clave de la normativa chilena es el Factor de Transmisión Regular de la Luz (FTRL). Este factor mide qué porcentaje de luz visible atraviesa el conjunto vidrio/lámina. La norma establece mínimos de FTRL según la ubicación del vidrio:
- Vidrios laterales delanteros: FTRL de al menos 70% (se permite un margen de 5%).
- Vidrios laterales traseros y luneta: FTRL de al menos 28% (se permite un margen de 5%).
Además de los porcentajes de transmisión de luz, la normativa chilena es muy clara sobre qué vidrios están explícitamente prohibidos de polarizar o, más precisamente, de adherirles láminas:
El parabrisas: Bajo ninguna circunstancia se pueden colocar láminas polarizadas o de control solar en el parabrisas del vehículo en Chile. Este vidrio es crítico para la visibilidad directa del conductor y debe permanecer lo más transparente posible.
La norma también prohíbe ciertos tipos de láminas independientemente de su FTRL en los vidrios permitidos. Estas son:
- Láminas reflectivas, metálicas o espejadas.
- Láminas de colores específicos como ámbar, amarillo, rojo o azul (en cualquiera de sus matices).
- Láminas colocadas sobre vidrios que ya vienen oscurecidos o tinteados de fábrica (si el oscurecimiento de fábrica ya cumple los límites, no se puede añadir una lámina encima).
- Láminas con imperfecciones (burbujas, arrugas, etc.).
- Láminas adheridas en la superficie externa de los vidrios o que no cubran el vidrio en un solo paño.
Es importante destacar que, para que una lámina sea legal en Chile, debe contar con un sello en relieve e indeleble que indique el FTRL, el nombre y el RUT del instalador.
Regulaciones del Polarizado en México
En México, las regulaciones sobre vidrios polarizados no son uniformes a nivel nacional, sino que dependen de los reglamentos de tránsito de cada estado o municipio. Sin embargo, existen patrones comunes y restricciones importantes a considerar.
Ciudad de México
El Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México tiene disposiciones específicas:
- Transporte público: Está estrictamente prohibido el uso de vidrios polarizados, oscurecidos o con aditamentos que no sean calcomanías reglamentarias en vehículos de transporte público (taxis, microbuses, etc.). Este es un caso claro de vehículos que no pueden estar polarizados.
- Vehículos particulares: Se permite el polarizado en los vidrios laterales y traseros (luneta), pero con un límite. El porcentaje de oscurecimiento no puede ser mayor al 20%. Esto implica que el vidrio debe permitir el paso de al menos un 80% de luz visible (FTRL mínimo del 80%). Los polarizados muy oscuros, como los del 5% de transmisión de luz, están prohibidos. Puede haber excepciones por razones médicas debidamente acreditadas y registradas en la tarjeta de circulación.
En cuanto a los vidrios delanteros, el reglamento de la Ciudad de México estipula que los cristales delanteros o parabrisas deben estar libres de cualquier obstrucción. Esto, en la práctica, prohíbe la instalación de láminas polarizadas o de control solar que reduzcan la transparencia en el parabrisas.
Monterrey
En Monterrey, la regulación parece ser más restrictiva que en la Ciudad de México:
- Vidrios laterales y traseros: Solo se permite la aplicación de "recubrimientos transparentes sin ninguna tonalidad o color". Esto significa que los polarizados tradicionales que oscurecen el vidrio están prohibidos en los vidrios laterales y traseros, a excepción de los vidrios que vienen entintados de fábrica.
Aunque el reglamento de Monterrey no menciona explícitamente el parabrisas en la información proporcionada, la tendencia general y la regla en otras ciudades sugieren que el parabrisas también debe estar libre de cualquier lámina que obstruya la visibilidad.
Las multas por incumplimiento en Monterrey pueden ser significativas, aunque se ofrece un plazo de 15 días para retirar el polarizado y evitar la sanción.
Otras Localidades en México
Como se mencionó, las reglas varían. Algunas ciudades pueden tener límites de polarizado similares a los de la Ciudad de México (permitiendo cierto grado de oscurecimiento), mientras que otras pueden alinearse más con la estricta regulación de Monterrey, permitiendo solo polarizados térmicos transparentes o "inteligentes".
En general, en México, las ciudades o estados con mayores problemas de seguridad suelen tener regulaciones más estrictas respecto al polarizado oscuro, llegando incluso a realizar operativos específicos para multar a quienes los utilizan. Esto subraya que, en muchas partes de México, el uso de polarizados oscuros en cualquier vidrio (excepto quizás los traseros con un límite bajo) es un riesgo de sanción.
¿Qué Vidrios Típicamente No Pueden Estar Polarizados con Láminas Oscuras?
Basándonos en las normativas revisadas, podemos identificar patrones comunes sobre qué vidrios suelen tener las mayores restricciones o prohibiciones para el polarizado:
- El Parabrisas: Este es, con diferencia, el vidrio más sensible y el que casi universalmente está prohibido de polarizar con láminas que reduzcan significativamente la transmisión de luz. La visibilidad frontal sin obstrucciones es crítica para la seguridad.
- Los Vidrios Laterales Delanteros: Aunque en algunos lugares se permite cierto grado de polarizado, las regulaciones suelen ser mucho más estrictas para estos vidrios que para los traseros (por ejemplo, 70% FTRL en Chile, 80% FTRL en CDMX, o solo transparentes en Monterrey). Esto se debe a la necesidad de poder ver claramente al conductor y a los ocupantes delanteros desde el exterior, así como facilitar la visibilidad lateral del conductor (espejos, puntos ciegos).
- Vidrios de Vehículos de Transporte Público: En lugares como la Ciudad de México, cualquier tipo de polarizado está prohibido en estos vehículos para permitir la visibilidad total hacia el interior por razones de seguridad pública.
- Vidrios con Láminas Específicas Prohibidas: Independientemente del vidrio (salvo el parabrisas que suele tener prohibición total), ciertos tipos de láminas están vetados: las reflectivas, las de colores específicos (rojo, azul, amarillo, ámbar) y aquellas que se colocan sobre vidrios ya tintados de fábrica si esto excede el límite total.
Es crucial entender que la prohibición no siempre se refiere al vidrio en sí mismo, sino a la *lámina o el grado de oscurecimiento* aplicado sobre él. Un vidrio trasero puede estar polarizado, pero solo hasta un cierto nivel de oscuridad (FTRL mínimo) y con un tipo de lámina permitido.
Recomendaciones al Elegir un Polarizado
Ante la variedad de regulaciones, la recomendación principal es siempre consultar y apegarse al reglamento de tránsito vigente en tu localidad o estado. Desconocer la norma no exime del cumplimiento.
Si buscas los beneficios del polarizado (reducción de calor y rayos UV) sin infringir las leyes, considera las películas inteligentes o espectroselectivas. Estas láminas son casi transparentes (alto FTRL, por ejemplo, 60-70% o más de transmisión de luz), lo que las hace legales en la mayoría de las jurisdicciones, pero utilizan tecnología avanzada para bloquear una gran cantidad de calor (rayos infrarrojos) y la totalidad de los dañinos rayos UV, que son perjudiciales para la piel y los interiores del auto. Películas con un alto FTRL (poca oscuridad) son generalmente aceptadas y ofrecen beneficios térmicos superiores a muchos polarizados oscuros de tecnología antigua que solo absorben el calor.
Optar por un polarizado que cumpla con el reglamento garantiza que pasarás la revisión técnica (donde sea aplicable, como en Chile) y evitarás multas. Un polarizado con un FTRL alto (poca oscuridad) es la opción más segura legalmente en la mayoría de los lugares.
Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre Vidrios Polarizados y Normativas
Pregunta: ¿Cuándo comenzó a regir la nueva normativa sobre vidrios polarizados en Chile?
Respuesta: La normativa entró en vigencia el 11 de marzo de 2020, pero la verificación obligatoria en las Plantas de Revisión Técnica (PRT) comenzó a regir plenamente el 11 de agosto de 2022, tras un periodo de marcha blanca.
Pregunta: ¿En qué consiste la nueva normativa chilena sobre vidrios polarizados?
Respuesta: Permite usar láminas oscuras o polarizadas si cumplen con ciertos niveles de Factor de Transmisión Regular de la Luz (FTRL): 70% mínimo para vidrios laterales delanteros y 28% mínimo para vidrios laterales traseros y luneta (con margen de 5%). Las láminas deben tener un sello con FTRL, nombre y RUT del instalador. No se permiten láminas en el parabrisas.
Pregunta: ¿Qué tipos de láminas prohíbe la normativa chilena?
Respuesta: Prohíbe láminas reflectivas, metálicas, espejadas, de colores ámbar, amarillo, rojo o azul, láminas sobre vidrios oscurecidos de fábrica si exceden el límite total, láminas con imperfecciones, láminas externas o no instaladas en un solo paño.
Pregunta: ¿Qué establece la norma chilena sobre el FTRL?
Respuesta: Establece un factor mínimo de transmisión regular de la luz para el conjunto vidrio/lámina: 70% para vidrios laterales delanteros y 28% para vidrios laterales traseros y luneta, ambos con un margen de 5%.
Pregunta: ¿El polarizado es legal en todo México?
Respuesta: La legalidad y los límites del polarizado varían mucho en México, ya que dependen de los reglamentos de tránsito locales (municipales o estatales). Algunas ciudades permiten cierto nivel de oscurecimiento (ej. CDMX hasta 20% de oscurecimiento en vidrios laterales/traseros), mientras que otras son más restrictivas (ej. Monterrey, solo láminas transparentes en laterales/traseros, excepto tintado de fábrica). El parabrisas suele estar libre de cualquier lámina que obstruya la visión.
Pregunta: ¿Puedo polarizar el parabrisas de mi auto?
Respuesta: Generalmente no. Tanto en la normativa chilena como en los reglamentos de tránsito de ciudades mexicanas como CDMX, el parabrisas debe estar libre de obstrucciones o láminas polarizadas que reduzcan su transparencia. La visibilidad frontal es primordial para la seguridad.
Pregunta: ¿Por qué se restringe tanto el polarizado oscuro en algunos lugares?
Respuesta: Las restricciones buscan mejorar la seguridad vial al garantizar una visibilidad clara del entorno para el conductor y permitir la visibilidad hacia el interior del vehículo desde el exterior, lo cual es importante para la seguridad pública y la labor de las autoridades.
Conocer y respetar las normativas sobre vidrios polarizados es esencial para una conducción segura y legal. Si tienes dudas, consulta siempre el reglamento de tránsito específico de tu área.
Si quieres conocer otros artículos parecidos a ¿Qué Vidrios del Auto No Pueden Polarizarse? puedes visitar la categoría Vehículos.