22/08/2024
La Verificación Técnica Vehicular (VTV), conocida en otras jurisdicciones como Revisión Técnica Obligatoria (RTO), es un trámite fundamental para garantizar la seguridad y el correcto funcionamiento de nuestro vehículo. Recientemente, el Gobierno nacional ha introducido modificaciones significativas a la Ley Nacional de Tránsito a través del Decreto 196/2025, impactando directamente la forma en que debemos realizar esta inspección obligatoria.

Estos cambios buscan modernizar el sistema, ampliar la oferta de centros de verificación y ajustar los plazos para adaptarlos a la antigüedad de los vehículos. Es crucial que todo conductor esté al tanto de estas novedades para cumplir con la normativa y circular de forma segura por las calles y rutas del país.
- ¿Qué Cambios Introduce el Decreto 196/2025 en la VTV/RTO?
- Preguntas Frecuentes sobre la Nueva VTV
- ¿Cuándo debo hacer la primera VTV a mi auto 0 km?
- Mi auto tiene 7 años, ¿cada cuánto debo hacer la VTV ahora?
- Mi auto tiene 12 años, ¿cambia algo para mí?
- ¿Puedo hacer la VTV en mi taller de confianza?
- ¿La oblea física de la VTV deja de ser válida?
- ¿La nueva ley de VTV rige en todo el país automáticamente?
- ¿El precio de la VTV será el mismo en todos los centros?
- Conclusión
¿Qué Cambios Introduce el Decreto 196/2025 en la VTV/RTO?
El nuevo decreto trae consigo dos pilares fundamentales de modificación: la frecuencia con la que se debe realizar la inspección y la habilitación de nuevos tipos de centros para llevarla a cabo. Estos cambios buscan generar mayor eficiencia y competencia en el sistema.
Nuevos Plazos y Frecuencias de la VTV
Una de las novedades más esperadas y con mayor impacto directo en los conductores es la modificación de los plazos entre revisiones. La anterior normativa establecía una frecuencia anual para la mayoría de los vehículos, pero el Decreto 196/2025 flexibiliza estos tiempos basándose en la antigüedad del rodado:
- Vehículos 0 km: La primera Revisión Técnica Obligatoria deberá realizarse recién a los 5 años contados desde la fecha de su patentamiento inicial. Esto otorga un período considerable antes de la primera inspección.
- Vehículos de 5 a 10 años: Para los automóviles que se encuentran en este rango de antigüedad (más de 5 años pero menos de 10 desde su patentamiento), la revisión deberá efectuarse cada 2 años.
- Vehículos de más de 10 años: Una vez que el vehículo supera los 10 años de antigüedad desde su patentamiento original, la frecuencia vuelve a ser anual. La inspección técnica deberá realizarse una vez por año.
- Vehículos de Uso No Particular: Es importante destacar que para los vehículos que no son de uso particular (como taxis, remises, transportes de carga, etc.), la frecuencia sigue siendo anual desde la fecha de inscripción inicial, independientemente de su antigüedad.
Esta nueva escala de plazos busca reconocer que los vehículos más nuevos generalmente requieren inspecciones menos frecuentes, al tiempo que mantiene la revisión anual para aquellos con mayor desgaste potencial.
Antigüedad del Vehículo | Frecuencia de la VTV/RTO |
---|---|
0 a 5 años (desde patentamiento) | Primera revisión a los 5 años |
Más de 5 años a 10 años (desde patentamiento) | Cada 2 años |
Más de 10 años (desde patentamiento) | Anual |
Vehículos de Uso No Particular | Anual (desde inscripción inicial) |
Apertura a Nuevos Centros de Verificación: Talleres y Concesionarias
Hasta ahora, la VTV/RTO se realizaba principalmente en plantas concesionadas o designadas específicamente para esta tarea. El nuevo decreto revoluciona este aspecto al permitir que talleres particulares y concesionarias oficiales puedan convertirse en Talleres de Revisión Técnica (TRT) habilitados para realizar la inspección.
Esta apertura tiene como objetivo principal fomentar la competencia en el mercado de la verificación, lo que, en teoría, podría derivar en una mejora del servicio y, potencialmente, en una mayor oferta de turnos y ubicaciones disponibles para los usuarios.
Para poder ser habilitados como TRT, estos talleres y concesionarias deberán cumplir con una serie de requisitos técnicos y de infraestructura muy específicos establecidos por la normativa. La reglamentación detalla el equipamiento mínimo indispensable que deben poseer para garantizar que las inspecciones se realicen con la precisión y rigurosidad necesarias. Este equipamiento incluye, pero no se limita a:
- Alineador óptico de faros con luxómetro.
- Detector de holguras.
- Calibre para medir la profundidad del dibujo de los neumáticos.
- Decibelímetro para medir la intensidad sonora.
- Analizador de gases de escape (CO y HC para motores Otto).
- Opacímetro o sistema de medición de humo para motores Diesel.
- Instalaciones con elevador o fosa de inspección.
- Crique o dispositivo para suspender las ruedas.
- Lupas de DOS (2) y CUATRO (4) dioptrías.
- Téster.
- Frenómetro (Desacelerómetro).
- Dispositivo de verificación de alineación de dirección.
- Dispositivo de control de amortiguación.
- Herramientas manuales e instrumentos menores de uso corriente y dispositivos para calibración.
La Autoridad de Aplicación conserva la facultad de actualizar este listado de equipamiento mínimo exigible según sea necesario. La idea es que, al haber más opciones de centros habilitados, los conductores tengan mayor facilidad para encontrar un lugar conveniente y con disponibilidad para realizar la VTV.
Tarifas y Competencia
Dado que el objetivo es abrir la competencia entre las plantas oficiales existentes y los nuevos talleres y concesionarias habilitados, la normativa establece que no habrá una tarifa única para el servicio de VTV/RTO. Cada centro habilitado podrá establecer su propio precio, lo que permitirá a los usuarios comparar y elegir la opción que consideren más conveniente. Se espera que esta libertad tarifaria impulse la competencia y beneficie a los consumidores.
Sistema de Certificación Digital y Trazabilidad
El Decreto 196/2025 también introduce un avance tecnológico importante: la certificación digital de la RTO. Siguiendo la tendencia de digitalización de documentos como la licencia de conducir o la cédula verde, los conductores podrán acceder a una versión digital de la oblea de la VTV/RTO a través de plataformas como Mi Argentina.
Inicialmente, convivirá la tradicional oblea física que se adhiere al parabrisas con esta nueva versión digital, facilitando el control por parte de las autoridades en la vía pública. La visión a futuro es que el sistema digital se convierta en el único válido.
Además, todas las inspecciones realizadas, tanto en plantas oficiales como en los nuevos centros habilitados, deberán ser registradas en una base de datos nacional. Esto no solo aumenta la transparencia del sistema, sino que también mejora la trazabilidad del parque automotor y el control del cumplimiento de la obligación de la VTV/RTO.
El Rol de Provincias y Municipios: La Clave de la Adhesión
Es fundamental entender que la implementación de estas nuevas disposiciones a nivel nacional depende de la adhesión de cada provincia y municipio. La Ley Nacional de Tránsito establece un marco general, pero su aplicación efectiva en cada jurisdicción requiere que los gobiernos locales adopten la nueva normativa.
Si una provincia o municipio decide no adherir al Decreto 196/2025, continuarán rigiendo las reglas y plazos de VTV/RTO que estuvieran vigentes en esa jurisdicción previamente. Esto significa que la situación podría variar significativamente entre diferentes partes del país.
Las jurisdicciones que sí adhieran a la reforma podrán habilitar centros de verificación bajo los nuevos parámetros, incluyendo talleres y concesionarias. Esto, según lo previsto por el gobierno, permitiría a los conductores de esas provincias realizar la VTV en cualquier taller habilitado en el país que también se encuentre en una jurisdicción adherida, creando un sistema de “centros de alcance nacional”. Este modelo busca facilitar la movilidad de los vehículos y evitar que un conductor deba regresar a su provincia de origen solo para realizar la VTV.
Preguntas Frecuentes sobre la Nueva VTV
Ante estos cambios, es natural que surjan muchas dudas. Aquí respondemos algunas de las preguntas más comunes:
¿Cuándo debo hacer la primera VTV a mi auto 0 km?
Según el Decreto 196/2025, los vehículos 0 km deberán pasar por su primera revisión a los 5 años de su patentamiento.
Mi auto tiene 7 años, ¿cada cuánto debo hacer la VTV ahora?
Para vehículos con más de 5 años y menos de 10 desde su patentamiento, la VTV deberá realizarse cada 2 años.
Mi auto tiene 12 años, ¿cambia algo para mí?
Si tu auto tiene más de 10 años desde el patentamiento, la frecuencia de la VTV sigue siendo anual, como era anteriormente.
¿Puedo hacer la VTV en mi taller de confianza?
Si tu taller de confianza (o una concesionaria oficial) se habilita como Taller de Revisión Técnica (TRT) bajo los requisitos del nuevo decreto y tu provincia adhiere a la normativa, sí podrás realizar la VTV allí.
¿La oblea física de la VTV deja de ser válida?
En una primera etapa, la oblea física que se coloca en el parabrisas seguirá siendo válida y convivirá con la certificación digital. A futuro, se espera que la certificación digital sea la única forma de comprobación.
¿La nueva ley de VTV rige en todo el país automáticamente?
No, para que las nuevas disposiciones entren en vigencia en una provincia o municipio, la jurisdicción debe adherir formalmente al Decreto 196/2025.
¿El precio de la VTV será el mismo en todos los centros?
No, la nueva normativa permite que cada centro habilitado (plantas oficiales, talleres, concesionarias) fije su propia tarifa, fomentando la competencia.
Conclusión
Los cambios introducidos por el Decreto 196/2025 representan una actualización importante en el sistema de Verificación Técnica Vehicular en Argentina. Las nuevas frecuencias basadas en la antigüedad del vehículo y la apertura a talleres y concesionarias como centros habilitados buscan modernizar y hacer más accesible el trámite. Es vital que los conductores se mantengan informados sobre cuándo y dónde realizar la VTV/RTO, prestando especial atención a si su provincia o municipio ha adherido a la nueva normativa. Cumplir con esta obligación no solo evita multas, sino que, lo más importante, contribuye a la seguridad vial de todos.
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