¿Qué vehículos no graban autopartes?

Grabado de Autopartes: ¿Es Obligatorio?

27/03/2019

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La verificación física del automotor es un paso fundamental en la vida de cualquier vehículo, ya sea que estés comprando uno nuevo o transfiriendo la propiedad de uno usado. Este proceso riguroso garantiza la correspondencia entre los datos del vehículo y su documentación, brindando seguridad y legalidad a las operaciones. Pero, ¿qué papel juega el grabado de autopartes en esta verificación? ¿Es realmente un requisito indispensable o un mero consejo que se puede pasar por alto?

La intención detrás de la verificación física es constatar de manera fehaciente que el número de motor, el número de chasis y el tipo de automotor que componen el vehículo se corresponden exactamente con lo especificado en la documentación legal que lo acompaña, como el título de propiedad y la cédula de identificación. Esta tarea de inspección detallada no la realiza cualquier persona; está a cargo de peritos especializados, que son miembros de las distintas fuerzas policiales de nuestro país (Policía Federal y Policías Provinciales) y de Gendarmería. Estos peritos cuentan con la autorización formal de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad del Automotor (DNRPA), el organismo nacional que regula todo lo relativo al registro y la propiedad de los automotores en Argentina.

¿Es obligatorio el grabado de autopartes para la verificación policial?
Recuerde que el Grabado de Autopartes es requisito indispensable para poder ser verificado y se le exigirá al momento de su verificación.
Índice de Contenido

Un Paso Obligatorio para Trámites Clave

Es crucial entender la naturaleza obligatoria de este proceso. La verificación física es un requisito ineludible para poder concretar ciertos trámites registrales de gran importancia. Entre los más comunes se encuentran la inscripción inicial de un vehículo 0 kilómetro en el registro a nombre de su primer dueño, y la transferencia de dominio de un vehículo usado de un propietario a otro. Sin la verificación física aprobada, estos trámites no pueden ser completados ante el Registro Seccional correspondiente. La verificación es, por lo tanto, un eslabón esencial en la cadena de la seguridad jurídica de las transacciones automotrices.

Validez y Naturaleza del Trámite

La verificación física que se realiza en una planta o puesto verificador habilitado por la DNRPA tiene una validez limitada. Específicamente, su vigencia es de 150 días hábiles administrativos contados a partir de la fecha en que fue efectuada. Esto significa que el trámite de transferencia o inscripción debe iniciarse y completarse dentro de este plazo. Es importante planificar los tiempos para evitar que la verificación caduque. Además, la información resalta que este es un trámite de carácter personal. Si bien pueden existir gestores o intermediarios que asistan en otros aspectos del trámite registral, la verificación física en sí misma está diseñada para ser un proceso directo entre el titular o persona autorizada y el puesto verificador, sin requerir, en principio, la intervención obligatoria de terceros.

Iniciando el Trámite Online: El Primer Contacto

El proceso moderno para iniciar la verificación policial suele comenzar a través de una aplicación o plataforma online. Al ingresar a este sistema, se le solicitará al usuario que proporcione una serie de datos, tanto personales como los relativos al vehículo que se desea verificar. Esta información es de suma importancia, ya que será utilizada para la gestión del trámite, el procesamiento del pago y, fundamentalmente, para el envío de las confirmaciones y constancias necesarias una vez finalizado el proceso. Una vez ingresados los datos requeridos y efectuado el pago correspondiente, el usuario queda habilitado para concurrir a cualquiera de las plantas de verificación policial o puestos verificadores que se encuentren habilitados dentro del territorio correspondiente (la información provista menciona específicamente la Provincia de Buenos Aires en este contexto), respetando los días y horarios de operación habituales de dichas sedes.

El Grabado de Autopartes: ¿Un Freno en el Proceso?

Llegamos al punto central de la consulta. ¿Es el grabado de autopartes un requisito para la verificación? La respuesta, según la información analizada, es un rotundo sí. El sistema online de inicio de trámite está diseñado para interactuar con este requisito. Si al ingresar sus datos usted no ha realizado el grabado de autopartes conforme a lo previsto por la Ley 14497 (una legislación que rige en ciertas jurisdicciones, como la Provincia de Buenos Aires, donde se aplica el sistema descrito), el sistema no le permitirá avanzar directamente. En su lugar, le advertirá sobre esta situación y, lo que es más relevante, lo redireccionará a la plataforma o procedimiento necesario para que pueda obtener un turno específico para realizar el grabado de autopartes.

La información es explícita y no deja lugar a dudas: «Recuerde que el Grabado de Autopartes es indispensable para poder ser verificado y se le exigirá al momento de su verificación». Esto subraya la criticidad de este paso previo. No se trata de un trámite que pueda realizarse después de la verificación o en paralelo; debe estar cumplido antes de presentarse en la planta verificadora. La constancia de haber realizado el grabado de autopartes será solicitada y verificada por el perito.

Es importante mencionar que la Ley 14497 establece ciertas excepciones a la obligatoriedad del grabado de autopartes. Específicamente, esta normativa no aplica para motocicletas ni para máquinas agrícolas. Por lo tanto, si usted posee un automóvil, camioneta, utilitario u otro tipo de vehículo contemplado por la ley, y necesita realizar la verificación policial en una jurisdicción donde esta ley está vigente y se aplica este procedimiento, deberá asegurarse de tener el grabado de autopartes realizado.

El Grabado de Cristales: Otro Requisito Paralelo

Además del grabado de autopartes, existe otro requisito de grabado que debe cumplir el vehículo para superar la verificación policial: el grabado de dominio (es decir, la patente) en los cristales. Este requerimiento se encuentra especificado en el digesto de la D.N.R.P.A., Capítulo 9, Sección 3. Aunque regido por una normativa diferente a la del grabado de autopartes, el grabado de los cristales es igualmente mandatorio y será verificado durante la inspección física del vehículo.

Ambos tipos de grabados, tanto en las autopartes como en los cristales, cumplen una función disuasoria y de identificación fundamental. Dificultan la comercialización de vehículos o partes robadas, ya que los números grabados permiten rastrear el origen legal de los componentes y del vehículo en su totalidad. Son medidas complementarias que refuerzan la seguridad y legalidad en el mercado automotor.

Del Turno a la Constancia: El Formulario 12 Digital

Una vez que se ha cumplido con el grabado de autopartes (si correspondía y el sistema lo exigió) y se ha completado la información y el pago online, el siguiente paso es obtener un turno para la verificación física. La plataforma de inicio de trámite online cuenta con un sistema de turnos diseñado para agilizar y organizar la atención en las plantas verificadoras. El ciudadano puede seleccionar el día y el rango horario de su preferencia para concurrir, lo que ayuda a reducir los tiempos de espera y optimizar el proceso.

Una vez que el vehículo ha sido inspeccionado en la planta verificadora y el perito constata que cumple con todos los requisitos (incluyendo los grabados de autopartes y cristales, y la correspondencia de números), se aprueba la verificación. Como constancia oficial de que la Verificación Policial ha sido realizada exitosamente, el usuario recibe un Formulario 12 Digital. Este documento se envía generalmente vía correo electrónico y es la certificación de que el trámite de verificación ha sido ingresado correctamente a la base de datos del sistema de la DNRPA. Con el Formulario 12 Digital en su poder, el ciudadano queda formalmente habilitado para continuar y finalizar el trámite mayor que había motivado la verificación (como la transferencia o la inscripción inicial) en el Registro Seccional de la Propiedad del Automotor que le corresponda según su domicilio o el del vehículo.

Preguntas Frecuentes sobre la Verificación y los Grabados

Para consolidar la información y resolver las dudas más comunes, aquí presentamos un resumen en formato de preguntas y respuestas basado estrictamente en el texto proporcionado:

¿Es obligatorio el grabado de autopartes para realizar la verificación policial?

Sí, según la información provista, el grabado de autopartes conforme a la Ley 14497 es un requisito indispensable y será exigido al momento de realizar la verificación policial. El sistema online incluso lo verifica y te redirecciona para obtener un turno si no lo tienes.

¿Qué vehículos están exentos del grabado de autopartes por la Ley 14497?

La Ley 14497 no aplica para motocicletas ni para máquinas agrícolas.

¿Qué es la verificación física del automotor?

Es una revisión realizada por peritos policiales autorizados por la DNRPA para constatar que el número de motor, de chasis y el tipo de automotor coincidan con la documentación del vehículo.

¿Para qué trámites es obligatoria la verificación física?

Es obligatoria para la inscripción inicial de vehículos 0km y la transferencia de dominio de vehículos usados, entre otros.

¿Cuánto tiempo tiene validez la verificación policial?

La verificación física tiene una validez de 150 días hábiles administrativos.

¿Qué es el Formulario 12 Digital?

Es la constancia oficial que se recibe vía e-mail al finalizar la verificación policial, que certifica que el trámite fue ingresado exitosamente en la base de datos de la DNRPA.

Además del grabado de autopartes, ¿hay otros grabados obligatorios?

Sí, el vehículo también debe cumplir con el grabado de dominio (patente) en los cristales, según el digesto de la DNRPA.

¿Puedo realizar la verificación sin turno?

La plataforma online de inicio de trámite cuenta con un turnero para agilizar el proceso, priorizando a quienes obtienen turno. Si bien la información no prohíbe explícitamente ir sin turno, sugiere que obtenerlo organiza y agiliza la atención.

En resumen, si posees un vehículo al que le aplica la Ley 14497 (es decir, no es moto ni máquina agrícola) y necesitas realizar la verificación policial en una jurisdicción donde esta normativa rige para dicho trámite, el grabado de autopartes no es una opción, sino un requisito indispensable. Cumplir con este grabado, así como con el de cristales, es fundamental para poder completar exitosamente la verificación física y, consecuentemente, avanzar con los trámites de registro o transferencia de tu vehículo.

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